IMPUGNACIÓN ALTA MÉDICA (SENTENCIA NÚMERO 99/2.019)

Nuestra cliente causó baja por incapacidad temporal en junio de 2017, derivada de enfermedad común, por una protusión discal C5-C6, hasta marzo de 2018, fecha en la que el INSS le dio de alta por curación/mejoría. Nada más lejos de la realidad, pues ella seguía sufriendo dicha patología que le impedía realizar su trabajo. Nuestro despacho reclama que se deje sin efecto la decisión de alta dado que a dicha fecha aún padecía las patologías que le impedían desarrollar su profesión habitual. La jueza que ha llevado este caso, tras valorar las pruebas que le entregamos, resalta en la sentencia “considero que las patologías y limitaciones que padece le impiden realizar su profesión habitual de manipulación de frutas y verduras, por lo que procede la estimación de la demanda.” Así nuestra cliente volvió a la situación de incapacidad temporal, abonándole todos los atrasos no percibidos desde el mes de marzo de 2018.